jueves, 14 de febrero de 2008

Sequía

Como consecuencia de la sequía que asolaba el departamento mexicano de Las Castañas, en 1833, el alcalde mayor del pueblo decretó:
Art. 1. Si en ocho días desde la fecha no llueve abundantemente, nadie irá a misa ni rezará.
Art. 2. Si la sequía dura ocho días más, serán quemadas las iglesias, conventos, capillas...
Art. 3. Si tampoco llueve en otros ocho días, serán degollados los clérigos, frailes, monjas, beatos y santurrones.
Además añadía:
"Y por el presente se conceden facultades para cometer toda clase de pecados, para que el Supremo Hacedor entienda con quién tiene que vérselas".
La noticia fue publicada en el diario. Afortunadamente , llovió.


Tomando nota de las cosas: o se hacen bien o no se hacen.

2 comentarios:

  1. Muy bien, así se hace, presionando al Altísimo. Yo he oído de un párroco que un año de sequía gorda, cuando los mozos del pueblo se dirigieron a él para pedirle sacar a San Isidro, no se cortó un pelo y les dijo: «Si queréis podéis sacar al Santo, pero que sepáis que no está de llover...». Y así fue, sacaron al santo pero no llovió. Es que hay que presionar y si es pecando, mejor.

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  2. Claaaaro.
    Que lo que pasa es que se siente sólo porque le hacemos poco caso.
    Con el gallinero de Obispos... estamos a otras cosas

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Alguien tiene la última palabra?